IVA: Deducción del 100% del IVA correspondiente a los gastos de vehículos utilizados por los representantes de comercio de la Empresa

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IVA: Deducción del 100% del IVA correspondiente a los gastos de vehículos utilizados por los representantes de comercio de la Empresa

«…El Tribunal Supremo establece la deducción del 100% del Iva de los vehículos para actividades comerciales, siendo igual el utilizado por autónomos y por trabajadores por cuenta ajena, señalando que la necesidad permanente de desplazamiento en las tareas comerciales o de representación existe con independencia de que sean realizadas por autónomos o por trabajadores por cuenta ajena (STS 19-7-2018 rec.4069/2018.
Atendiendo a este pronunciamiento del TS es posible deducir el 100% del IVA soportado por la compra y demás gastos por uso de vehículos por empresas para sus comerciales, y en este caso se acredita con la abundante documental aportada la relación laboral de naturaleza especial con la empresa con los seis representantes, la dedicación exclusiva de esta actividad comercial, el uso otorgado a dichos comerciales de varios vehículos de la empresa con la advertencia que es de utilización exclusiva para el ejercicio de su actividad de trabajo. Nuestra Sala también ha reconocido dicha afectación, si bien referida al IRPF, trasladable mutatis mutandis a este supuesto, Sentencia 755/2021 de 7 de Septiembre (PO 321/21).
Atendiendo a lo dicho no podemos sino estimar el recurso anulando las liquidaciones y reconociendo la deducción del 100% de dicho IVA.»

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